
Los trabajadores despedidos por causas objetivas tienen derecho a 6 horas retribuidas a la semana para buscar empleo

Los trabajadores despedidos por causas objetivas tienen derecho a 6 horas retribuidas a la semana para buscar empleo
Cuando una empresa comunica un despido objetivo, el trabajador no solo tiene derecho a recibir una indemnización y un preaviso. También puede tener derecho a disfrutar de 6 horas retribuidas a la semana para buscar un nuevo empleo, sin que la empresa pueda descontarle salario por ello.
Este derecho está regulado en el artículo 53.2 del Estatuto de los Trabajadores y se aplica durante el periodo de preaviso del despido objetivo. Aunque no se trata de una medida nueva, muchas personas trabajadoras desconocen que pueden utilizar parte de su jornada laboral para acudir a entrevistas, inscribirse en ofertas, actualizar su currículum o realizar gestiones destinadas a encontrar otro trabajo.
¿En qué consiste este permiso de 6 horas semanales?
El permiso consiste en una licencia retribuida de 6 horas semanales durante el periodo de preaviso del despido objetivo.
Esto significa que, si la empresa comunica al trabajador que su contrato se extinguirá por causas objetivas y le concede el preaviso legal de 15 días, durante ese tiempo el trabajador puede ausentarse del trabajo hasta 6 horas cada semana para buscar un nuevo empleo.
Lo más importante es que esas horas deben ser pagadas como tiempo de trabajo efectivo. La empresa no puede descontarlas de la nómina, ni exigir que se recuperen posteriormente.
¿Cuándo se tiene derecho a las 6 horas retribuidas?
Este derecho no se aplica a cualquier despido ni a cualquier finalización de contrato. Está vinculado al despido objetivo, regulado en los artículos 52 y 53 del Estatuto de los Trabajadores.
Por tanto, se puede solicitar cuando la empresa extingue el contrato por alguna de estas causas:
Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Ineptitud sobrevenida del trabajador.
Falta de adaptación a modificaciones técnicas del puesto, siempre que se hayan cumplido los requisitos legales.
Otros supuestos objetivos previstos en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
En cambio, este permiso no se aplica, con carácter general, en un despido disciplinario, una baja voluntaria, una dimisión, una finalización ordinaria de contrato temporal o un acuerdo de extinción entre empresa y trabajador.
¿Qué requisitos debe cumplir la empresa en un despido objetivo?
Para que el despido objetivo sea formalmente correcto, la empresa debe cumplir una serie de requisitos legales.
En primer lugar, debe entregar una carta de despido por escrito, explicando con claridad las causas que justifican la extinción del contrato. No basta con una comunicación genérica. La empresa debe concretar los motivos económicos, productivos, organizativos, técnicos o personales que fundamentan la decisión.
En segundo lugar, debe poner a disposición del trabajador la indemnización legal de 20 días de salario por año trabajado, con el límite de 12 mensualidades, salvo determinados supuestos en los que alegue falta de liquidez.
En tercer lugar, debe conceder un preaviso mínimo de 15 días naturales desde la entrega de la carta hasta la fecha de efectos del despido. Es precisamente durante ese periodo cuando nace el derecho del trabajador a disfrutar de las 6 horas semanales retribuidas para buscar empleo.
Si la empresa no concede el preaviso, normalmente deberá abonarlo en la liquidación. En ese caso, al no existir periodo efectivo de preaviso, el disfrute real de las horas puede quedar sin contenido práctico, aunque habría que analizar cada caso concreto.
¿La empresa puede negarse a conceder estas horas?
La empresa no debería negarse si se cumplen los requisitos legales. El Estatuto de los Trabajadores reconoce expresamente este derecho durante el periodo de preaviso del despido objetivo.
Lo recomendable es que el trabajador solicite el disfrute de las horas por escrito, indicando los días u horarios en los que desea utilizarlas. Aunque la norma no regula con detalle cómo deben distribuirse, lo razonable es pactar una fórmula que permita al trabajador buscar empleo sin generar un perjuicio organizativo injustificado para la empresa.
Por ejemplo, podrían utilizarse 6 horas en un solo día, 3 horas durante dos días, o repartirse en distintos momentos de la semana si resulta necesario para acudir a entrevistas o realizar gestiones laborales.
¿Puede la empresa descontar salario por esas horas?
No. La ley establece que se trata de una licencia sin pérdida de retribución.
Por tanto, la empresa no puede descontar esas horas de la nómina, ni tratarlas como ausencia injustificada, ni obligar al trabajador a recuperarlas. Si lo hiciera, el trabajador podría reclamar las cantidades descontadas y, en su caso, denunciar la actuación empresarial.
¿Qué ocurre si el trabajador tiene discapacidad?
El artículo 53.2 del Estatuto de los Trabajadores también prevé expresamente el supuesto de las personas trabajadoras con discapacidad. En estos casos, el derecho podrá ser ejercido por el trabajador o por su representante legal, si lo tuviera.
Esta previsión busca garantizar que la persona afectada pueda realizar las gestiones necesarias para encontrar una nueva ocupación, especialmente cuando precise apoyo para la búsqueda de empleo o para la tramitación de entrevistas, ofertas o procesos de selección.
¿Qué puede hacer el trabajador si la empresa no le reconoce este derecho?
Si la empresa comunica un despido objetivo y no permite disfrutar de las 6 horas semanales retribuidas, el trabajador debería actuar con prudencia y dejar constancia escrita.
Lo aconsejable es enviar una comunicación a la empresa solicitando expresamente el permiso, indicando que se ejercita al amparo del artículo 53.2 del Estatuto de los Trabajadores. Si la empresa lo deniega, descuenta salario o sanciona al trabajador por utilizar esas horas, puede existir base para reclamar.
Además, debe analizarse el propio despido objetivo. Muchas veces la discusión principal no está solo en las 6 horas de permiso, sino en si la empresa ha acreditado realmente las causas del despido. Si no lo ha hecho, el despido puede ser declarado improcedente.
¿Se puede impugnar un despido objetivo?
Sí. El trabajador puede impugnar el despido objetivo si considera que la empresa no ha justificado adecuadamente las causas, no ha cumplido los requisitos formales o ha utilizado esta vía de forma fraudulenta.
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos de la extinción. Es un plazo breve y de caducidad, por lo que conviene actuar cuanto antes.
Si el despido se declara improcedente, la empresa deberá optar, con carácter general, entre readmitir al trabajador o abonarle la indemnización correspondiente al despido improcedente.
La importancia de revisar la carta de despido
En un despido objetivo, la carta de despido es fundamental. De ella dependerá en gran medida la defensa del trabajador.
Hay que revisar si la empresa ha explicado correctamente las causas, si ha aportado datos suficientes, si ha entregado la indemnización legal, si ha respetado el preaviso y si ha permitido el disfrute de las 6 horas semanales retribuidas para buscar empleo.
Un error formal o una causa insuficientemente acreditada puede cambiar por completo el resultado del procedimiento.
Conclusión
Los trabajadores afectados por un despido objetivo tienen derecho, durante el periodo de preaviso, a disfrutar de 6 horas retribuidas a la semana para buscar un nuevo empleo. Es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores y la empresa no puede descontar salario por su ejercicio.
No obstante, este permiso solo se aplica en los despidos objetivos y no en cualquier finalización de contrato. Por eso es importante analizar cada caso concreto, revisar la carta de despido y comprobar si la empresa ha cumplido todos los requisitos legales.
En Incaprest podemos ayudarte a revisar tu despido, calcular tu indemnización y valorar si existe base para reclamar la improcedencia.


