Gran invalidez, ELA y dependencia: ¿pueden reducirse las ayudas si ya cobras una pensión?
La reciente polémica sobre la aplicación de las ayudas previstas para las personas con ELA ha vuelto a poner sobre la mesa una cuestión de enorme importancia para muchas familias: ¿qué ocurre cuando una persona ya cobra una pensión de incapacidad permanente, especialmente en grado de gran invalidez, y solicita además ayudas de dependencia o prestaciones específicas por una enfermedad grave?
Según ha publicado El País, varias asociaciones de pacientes y familiares han denunciado que la Comunidad de Madrid está aplicando una reducción o “minorización” de las ayudas destinadas a los enfermos más graves de ELA, al tener en cuenta otras prestaciones que ya perciben, como el complemento de gran invalidez. La noticia señala que la ayuda máxima prevista, cercana a los 10.000 euros mensuales, podría quedar reducida en determinados casos a cuantías sensiblemente inferiores, precisamente porque el beneficiario ya recibe una pensión o complemento considerado de naturaleza análoga.
Esta situación ha generado preocupación entre muchas familias, porque afecta a personas que necesitan asistencia permanente, cuidados continuados y apoyo durante prácticamente todo el día.
¿Qué es la gran invalidez?
La gran invalidez es el grado más elevado de incapacidad permanente reconocido por la Seguridad Social. Se produce cuando una persona, además de estar incapacitada para trabajar, necesita la ayuda de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida diaria.
No se trata únicamente de padecer una enfermedad grave. La clave está en determinar si las limitaciones funcionales impiden a la persona desenvolverse por sí misma en actividades básicas como asearse, vestirse, comer, desplazarse, levantarse, acostarse, tomar medicación, evitar riesgos o mantener una mínima autonomía personal.
Por eso, en los procedimientos de incapacidad permanente, el diagnóstico médico es importante, pero no siempre suficiente. Lo decisivo suele ser acreditar cómo afecta la enfermedad al día a día del paciente.
¿Qué relación tiene la gran invalidez con la ELA?
La esclerosis lateral amiotrófica, conocida como ELA, es una enfermedad neurodegenerativa que puede provocar una pérdida progresiva de fuerza, movilidad, autonomía respiratoria y capacidad para realizar actividades básicas.
En los casos más avanzados, muchas personas con ELA necesitan asistencia constante, incluso durante las 24 horas del día. Por ello, no es extraño que algunas personas diagnosticadas de ELA puedan tener reconocida una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez, dependiendo de la fase de la enfermedad y del grado de dependencia funcional.
La noticia publicada apunta precisamente a este problema: muchas personas con ELA grave ya perciben una pensión o complemento vinculado a su situación de gran invalidez, pero esa prestación puede ser tenida en cuenta por algunas administraciones autonómicas a la hora de calcular otras ayudas de dependencia o asistencia personal.
¿Puede una ayuda de dependencia reducirse si ya cobro gran invalidez?
Esta es la gran pregunta práctica.
En determinados supuestos, algunas administraciones pueden tener en cuenta la capacidad económica del beneficiario o la percepción de otras prestaciones para calcular la cuantía final de una ayuda. Según la información publicada, la Comunidad de Madrid justificaría esa reducción al considerar que la normativa de dependencia permite valorar la capacidad económica y la existencia de prestaciones de finalidad similar, como la gran invalidez.
Sin embargo, el problema surge cuando esa reducción deja a la persona enferma o a su familia en una situación claramente insuficiente para cubrir el coste real de los cuidados.
La gran invalidez no es una ayuda “extra” o un ingreso ordinario. Su finalidad es compensar la necesidad de asistencia de otra persona. Por eso, cuando una administración reduce una ayuda destinada también al cuidado o asistencia personal, puede producirse una situación especialmente delicada: la persona sigue necesitando los mismos cuidados, pero recibe menos apoyo económico para financiarlos.
El coste real de los cuidados en enfermedades graves
Uno de los aspectos más relevantes de la noticia es que las asociaciones de pacientes sitúan el coste real de los cuidados de una persona con ELA avanzada en cifras muy elevadas. El artículo menciona estimaciones de hasta 18.000 euros mensuales cuando se requiere la contratación de varias personas para garantizar una atención continuada.
Esto permite entender por qué muchas familias consideran insuficiente que una ayuda se reduzca por el hecho de que el paciente ya perciba una pensión de incapacidad permanente o un complemento de gran invalidez.
En la práctica, una persona con gran invalidez puede necesitar ayuda para casi todos los actos esenciales de la vida. Si además padece una enfermedad como la ELA en fase avanzada, las necesidades pueden ser todavía más intensas: asistencia respiratoria, movilizaciones, higiene, alimentación, acompañamiento permanente y prevención de complicaciones.
¿Qué deben tener en cuenta las familias?
Cuando una persona solicita una prestación por incapacidad permanente, una revisión de grado o una ayuda de dependencia, es fundamental analizar conjuntamente todas las prestaciones que puede percibir.
No basta con preguntar si se tiene derecho a una pensión. También conviene estudiar:
si procede solicitar una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez;
si existe derecho a ayudas de dependencia;
si la comunidad autónoma puede minorar la ayuda por percibir otras prestaciones;
si la cuantía reconocida cubre realmente las necesidades asistenciales;
si una resolución administrativa puede ser recurrida;
y si el informe médico refleja correctamente la necesidad de ayuda de tercera persona.
En los casos de enfermedades graves, el expediente debe prepararse con especial cuidado. Es importante aportar informes médicos actualizados, informes de dependencia, documentación sobre tratamientos, necesidad de asistencia, limitaciones funcionales y gastos vinculados al cuidado.
¿Qué hacer si te deniegan o reducen una ayuda?
Si la Administración deniega una prestación, reconoce un grado inferior al solicitado o reduce una ayuda por entender que ya se percibe una pensión de gran invalidez, conviene revisar la resolución con detalle.
En muchos casos, puede ser necesario presentar alegaciones, reclamación previa o recurso, dependiendo del tipo de prestación y de la administración competente.
La clave está en valorar si la resolución ha tenido en cuenta correctamente la situación real de la persona afectada. En enfermedades como la ELA, el Parkinson avanzado, enfermedades neuromusculares, patologías degenerativas, daño cerebral, ceguera severa u otras dolencias incapacitantes, el análisis no puede limitarse al nombre del diagnóstico. Debe examinarse el grado efectivo de autonomía personal.
Incaprest te ayuda a reclamar la gran invalidez
En Incaprest somos especialistas en procedimientos de incapacidad permanente, gran invalidez y reclamaciones frente al INSS. Analizamos cada caso de forma individualizada, revisamos la documentación médica y estudiamos la viabilidad de reclamar el grado que realmente corresponde.
Si tú o un familiar padecéis una enfermedad grave y necesitáis ayuda para las actividades básicas de la vida diaria, es importante estudiar si existe derecho a una gran invalidez o si una resolución administrativa puede ser recurrida.
La gran invalidez no depende solo del diagnóstico. Depende, sobre todo, de cómo la enfermedad limita la vida diaria de la persona afectada. Y esa realidad debe quedar correctamente acreditada ante la Seguridad Social o ante los tribunales.